Zergak / Obligaciones fiscales
El régimen fiscal de una empresa o empresario resulta muy condicionado por la forma mercantil adoptada, por sus propias elecciones dentro de ciertas opciones tributarias, y por otros factores diversos.
La actividad empresarial, esté desempeñada por empresarios individuales o por entidades o sociedades, tiene una importante componente tributaria, y está sometida a diversos impuestos y gravámenes de orden estatal, autonómico y local, que podemos clasificar según las fases o momentos de la vida empresarial, en:
- Tributación de la fase de puesta en marcha (A).
- Tributación de la fase operativa de la empresa (B).
- Tributación de los resultados (C).
- Tributación de la propiedad, transmisión y sucesión de la empresa (D).
Antes de empezar la actividad en fase de puesta en marcha :
- Presentar la declaración censal (modelo 036 ó 037) autónomos, sociedades civiles y comunidades de bienes
- Darse de alta en el Impuesto de Actividades Económicas (en el modelo 036 anterior si está exento de pago y en los modelos 840-848 si tributa)
- Pagar ITP: Impuesto de Transmisiones Patrimoniales por la constitución de la empresa en el Notario
Después de comenzar la actividad en la fase operativa de la empresa
- Deberá presentar las declaraciones del IVA trimestralmente (modelo 303) y un resumen anual (modelo 390)
- Debe declarar sus ingresos, Tributación de los resultados:
- Si tributa por el Impuesto sobre la Renta – IRPF (autónomos, sociedades civiles y comunidades de bienes), trimestralmente deberá efectuar los pagos fraccionados a cuenta (modelos 130 y 131) y anualmente la declaración del IRPF (modelo D-100)
- Si tributa por el Impuesto de Sociedades (sociedades mercantiles), trimestralmente deberá efectuar los pagos fraccionados a cuenta (modelo 202) y anualmente la declaración del Impuesto de Sociedades (modelo 200)
- Si realiza pagos sometidos a retención, ya sea por tener empleados o efectuar pagos a profesionales, por abonar rendimientos del capital mobiliario, etc. (modelos 111 y 190)
- Deberá realizar la declaración anual de operaciones con terceros durante el mes de marzo, cuando en el año anterior hayan realizado operaciones con otra persona o entidad que en su conjunto hayan superado los 3.006 Euros (modelo 347)
Finalizada la actividad – Baja
- Presentar la declaración censal (modelo 036 ó 037) con el cese de actividad
RESUMEN de obligaciones fiscales:
AUTÓNOMO/A | SOCIEDADES CIVILES Y COMUNIDADES DE BIENES | SOCIEDADES MERCANTILES |
---|---|---|
Antes de iniciar la actividad | ||
DC | DC | DC |
IAE | IAE | IAE |
ITP | ITP | |
Una vez iniciada la actividad | ||
IRPF | IRPF | IS |
IVA | IVA | IVA |
DAOT | DAOT | DAOT |
Finalizada la actividad – Baja | ||
DC | DC | DC |
IAE | IAE |
DC: Declaración Censal | IAE: Impuesto de Actividades Económicas | ITP: Impuesto de Transmisiones Patrimoniales | IRPF: Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas | IS: Impuesto de Sociedades | IVA: Impuesto sobre el Valor Añadido | DAOT: Declaración anual de Operaciones con terceros